Saltar al contenido
Pactmint
  • Plantillas
  • Guías
  • Documentación
  • Cómo funciona
  • Precios
Iniciar sesiónEmpezar gratis
Revisado por abogados

Contrato de Donación entre Familiares (Formato Word y PDF)

Documenta con fecha cierta las transferencias o depósitos de dinero entre padres e hijos (línea recta) y acredita ante el SAT su origen lícito y su exención de ISR. Descarga el formato editable gratis o genéralo con IA, personalizado a tu caso.

Créalo con IA en 2 minutosDescarga gratis (Word)

Descargar PDF

Vista previa del formato

Contrato de Donación entre Familiares (Línea Recta)

Ejemplo con datos de muestra; al crearlo lo personalizas con tus propios datos.

Donante
EL DONANTE (Ascendiente)
Donatario
EL DONATARIO (Descendiente)

Declaraciones — El Donante

El Donante declara, bajo protesta de decir verdad, que:

  • Es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad y con plena capacidad jurídica para contratar y obligarse, identificada como María Elena Rodríguez Gómez, con Registro Federal de Contribuyentes ROGM720814MB8 y domicilio en Av. Insurgentes Sur 1234, Col. Del Valle, Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100.
  • Es el madre (ascendiente en línea recta) del Donatario, lo que acredita con acta de nacimiento del Donatario, Oficialía 12, Ciudad de México (por ejemplo, acta de nacimiento del Donatario).
  • Es legítimo propietario y tiene la libre disposición de los recursos económicos objeto del presente contrato, los cuales provienen de fuente lícita y se encuentran libres de todo gravamen, embargo o limitación de dominio.
  • Es su libre voluntad transmitir gratuitamente al Donatario, a título de donación, la cantidad de dinero que se precisa en la Cláusula Segunda, sin esperar contraprestación alguna a cambio.
  • Al realizar la presente donación se reserva bienes y recursos suficientes para vivir según sus circunstancias y para cumplir con sus obligaciones alimentarias, por lo que la donación no resulta inoficiosa en términos de los artículos 2347 y 2348 del Código Civil Federal.

Declaraciones — El Donatario

El Donatario declara, bajo protesta de decir verdad, que:

  • Es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad y con plena capacidad jurídica para contratar y obligarse, identificada como Carlos Ramírez Rodríguez, con Registro Federal de Contribuyentes RARC980312J45 y domicilio en Calle Morelos 45, Col. Centro, Toluca, Estado de México, C.P. 50000.
  • Es el hijo (descendiente en línea recta) del Donante.
  • Es su libre voluntad aceptar la donación que le hace el Donante en los términos del presente contrato, y reconoce que la recibe a título gratuito, sin obligación de contraprestación alguna.
  • Reconoce que es su responsabilidad informar la donación recibida en su declaración anual cuando resulte legalmente exigible, en los términos de la Cláusula Sexta.

Cláusula Primera — Objeto y Naturaleza Gratuita

Objeto. Por virtud del presente contrato, el Donante transfiere gratuitamente al Donatario, y éste acepta, la propiedad de la cantidad de dinero que se describe en la Cláusula Segunda, con el propósito de apoyar al Donatario y sin que medie obligación de devolución, pago, servicio o contraprestación alguna.

Naturaleza de donación. Las partes reconocen expresamente que el presente acto constituye un contrato de donación en los términos del artículo 2332 del Código Civil Federal (CCF), por el cual una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte de sus bienes presentes. En consecuencia, los recursos entregados no constituyen préstamo, mutuo, anticipo, pago ni inversión, y el Donatario no queda obligado a restituirlos.

Distinción frente a préstamo. Las partes hacen constar que el presente acto no debe interpretarse como préstamo o mutuo alguno; no existe pacto de devolución, plazo de pago, ni interés. Cualquier referencia bancaria que llegara a usar la palabra "préstamo" se entenderá errónea y prevalecerá la naturaleza de donación aquí pactada.

Cláusula Segunda — Bien Objeto de la Donación

Donación en numerario. El bien objeto de la donación consiste en la cantidad de $150,000.00 (M.N.) (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 pesos, Moneda Nacional).

Modalidad de entrega. La donación se realizará bajo la siguiente modalidad (las partes señalan la que corresponda):

  • Entrega única. La totalidad del monto se entrega en un solo acto, en la fecha señalada en la Cláusula Cuarta; o
  • Aportaciones periódicas. El monto total se entregará mediante aportaciones de carácter mensual (por ejemplo, mensuales) por la cantidad de $12,500.00 (M.N.) cada una, a partir de la fecha señalada en la Cláusula Cuarta y hasta completar el monto total donado. Cada aportación periódica se entenderá amparada por el presente contrato y compartirá su naturaleza y régimen.

Carácter de los bienes. El Donatario adquiere la propiedad plena de las cantidades recibidas desde el momento de su entrega y aceptación.

Cláusula Tercera — Parentesco en Línea Recta y Exención del ISR

Parentesco. Las partes manifiestan que entre ellas existe parentesco por consanguinidad en línea recta (ascendiente y descendiente), el cual se acredita con acta de nacimiento del Donatario, Oficialía 12, Ciudad de México. Las partes conservarán copia de dicho documento como soporte del presente contrato.

Exención de ISR. En razón del parentesco en línea recta, la donación está exenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR), cualquiera que sea su monto, conforme al artículo 93, fracción XXIII, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), que exenta los donativos que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta.

Dirección de la donación. El presente contrato documenta una donación del ascendiente (Donante) a favor del descendiente (Donatario). En caso de que la donación fuese en sentido inverso —de un descendiente a favor de un ascendiente—, la exención queda condicionada, conforme a la misma fracción, a que los bienes donados no se enajenen ni sean donados por el ascendiente a otro descendiente en línea recta sin limitación de grado; supuesto que deberá analizarse de forma específica.

Cláusula Cuarta — Forma de Entrega y Trazabilidad Bancaria

Medio de entrega. A fin de acreditar fehacientemente el origen y destino de los recursos, la entrega de la donación se efectuará mediante transferencia electrónica o depósito bancario del Donante a favor del Donatario, evitando en lo posible el uso de efectivo.

Cuenta receptora. Los recursos se depositarán en la cuenta del Donatario en la institución BBVA México, número de cuenta o CLABE 012180001234567895.

Fecha de entrega. La entrega (o la primera aportación, en su caso) se realizará el 15 de marzo de 2026.

Conservación de comprobantes. Las partes se obligan a conservar los comprobantes bancarios (fichas de depósito, comprobantes de transferencia y estados de cuenta) que respalden cada entrega, los cuales, junto con el presente contrato y el documento que acredita el parentesco, integran el soporte documental de la operación frente a cualquier requerimiento de autoridad.

Cláusula Quinta — Aceptación de la Donación

Aceptación. El Donatario acepta expresamente la donación materia del presente contrato y la entrega de los recursos en los términos aquí pactados.

Perfeccionamiento. Conforme al artículo 2340 del Código Civil Federal, la donación se perfecciona desde que el Donatario la acepta y hace saber la aceptación al Donante, lo cual queda constatado mediante la firma del presente instrumento por ambas partes.

Cláusula Sexta — Obligaciones Fiscales y de Información

Obligación de informar (declaración anual). El Donatario reconoce que, aun tratándose de un ingreso exento, está obligado a informar la donación en su declaración anual del ejercicio en que la reciba cuando el total de los donativos, préstamos y premios obtenidos —individual o conjuntamente— exceda de $600,000.00 en el año calendario, en términos del artículo 90 de la LISR. La omisión de informar puede ocasionar que el ingreso pierda su tratamiento de exento.

Discrepancia fiscal. Las partes reconocen que, conforme al artículo 90 de la LISR, cuando los depósitos o erogaciones de una persona física excedan de los ingresos que hubiere declarado, la autoridad puede presumir discrepancia fiscal y requerir que se acredite el origen de los recursos. El presente contrato, junto con los comprobantes bancarios y la prueba del parentesco, tiene por objeto acreditar dicho origen.

Asesoría profesional. Cada parte es responsable del cumplimiento de sus propias obligaciones fiscales y reconoce la conveniencia de asesorarse con un contador público o asesor fiscal respecto de su situación particular.

Cláusula Séptima — Formalidades Civiles y Notarización

Forma de la donación. Las partes reconocen que, conforme a los artículos 2341 a 2344 del Código Civil Federal, la forma legal de la donación de bienes muebles —incluido el dinero— depende de su monto:

  • Donaciones de hasta doscientos pesos pueden ser verbales.
  • Donaciones mayores a doscientos pesos y menores a cinco mil pesos deben constar por escrito.
  • Donaciones de cinco mil pesos o más deben otorgarse en escritura pública ante notario.

Recomendación de notarización. En virtud de lo anterior, y dado que el monto de la presente donación lo amerita, las partes reconocen la conveniencia de elevar el presente contrato a escritura pública ante notario para reforzar su eficacia probatoria y dotarlo de fecha cierta. La omisión de esta formalidad puede afectar la validez o la fuerza probatoria de la donación frente a terceros y autoridades.

Legislación estatal. Las partes reconocen que diversos Códigos Civiles estatales replican esta regla con umbrales que pueden variar, por lo que deberá observarse, en su caso, la legislación civil de la entidad federativa que corresponda al domicilio de las partes.

Cláusula Octava — Revocación y Reducción

Causas de revocación. Las partes reconocen que la presente donación podrá revocarse únicamente en los supuestos previstos por el Código Civil Federal, a saber: por superveniencia de hijos del Donante (arts. 2359 a 2364) y por ingratitud del Donatario en los casos del artículo 2370, conforme al procedimiento y plazos que la ley establece.

Reducción por inoficiosa. La donación podrá reducirse en la medida en que resulte inoficiosa por comprometer los alimentos que el Donante debe proporcionarse a sí mismo o a quienes tiene obligación de dar, en términos de los artículos 2347 y 2348 del Código Civil Federal.

Irrevocabilidad relativa. Fuera de los supuestos anteriores, la donación es irrevocable y el Donante no podrá exigir la devolución de los recursos entregados.

Cláusula Novena — Disposiciones Generales y Jurisdicción

Totalidad del acuerdo. El presente contrato constituye el acuerdo íntegro entre las partes respecto de la donación que documenta, y sustituye cualquier acuerdo o comunicación previos sobre la misma materia.

Modificaciones. Cualquier modificación deberá constar por escrito firmado por ambas partes para surtir efectos.

Independencia de cláusulas. Si alguna disposición fuere declarada nula o inaplicable por autoridad competente, las demás continuarán en plena vigencia.

Jurisdicción y leyes aplicables. El presente contrato se regirá e interpretará conforme al Código Civil Federal y demás ordenamientos aplicables. Para la interpretación y cumplimiento de cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes con sede en Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

AVISO LEGAL: Este documento fue generado con una herramienta de inteligencia artificial y se proporciona únicamente con fines informativos. No constituye asesoría jurídica ni fiscal. El tratamiento fiscal de las donaciones depende de la situación particular de cada contribuyente y de la legislación vigente; el monto de la donación puede requerir su otorgamiento en escritura pública ante notario (Cláusula Séptima) y, en su caso, ser informado al SAT (Cláusula Sexta). El contenido debe ser revisado por un abogado y un contador o asesor fiscal calificados antes de su firma y ejecución.

Lugar y Fecha

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2026.

Fundamento legal

¿Qué cláusulas debe tener?

Una donación entre familiares bien redactada no solo transmite el dinero: te protege fiscalmente. Estas son las cláusulas que no pueden faltar y el fundamento legal de cada una.

  • Naturaleza de donación (no préstamo)

    El contrato debe declarar expresamente que se trata de una donación en términos del artículo 2332 del Código Civil Federal —transmisión gratuita, sin obligación de devolución— y distinguirla de un préstamo o mutuo. Es la cláusula que evita que el SAT reclasifique el depósito como ingreso acumulable.

  • Exención de ISR y vínculo de parentesco

    Debe acreditar el parentesco en línea recta ascendiente→descendiente, cuya donación está exenta de ISR sin importar el monto conforme al artículo 93, fracción XXIII, de la Ley del ISR. La dirección inversa (hijo→padre) también se exenta, pero condicionada; conviene revisarla.

  • Forma según el monto (advertencia de escritura pública)

    El CCF (arts. 2341–2344) exige que la donación de dinero mayor a cinco mil pesos conste en escritura pública; entre doscientos y cinco mil pesos basta el escrito privado. Muchos códigos civiles estatales replican la regla con umbrales distintos, así que para montos relevantes se recomienda elevarlo ante notario.

  • Obligación de informar y trazabilidad bancaria

    Incluye el recordatorio de informar en la declaración anual los donativos que excedan $600,000 en el año (LISR art. 90), la advertencia sobre discrepancia fiscal y una cláusula de trazabilidad: paga por transferencia, nunca en efectivo, para que el contrato y el estado de cuenta coincidan.

Cómo crear tu contrato paso a paso

  1. 1

    Elige el formato de donación

    Abre la plantilla de contrato de donación entre familiares en Pactmint o descarga el formato en Word/PDF.

  2. 2

    Llena las partes y el monto

    Completa los datos del donante y el donatario, el vínculo de parentesco, el monto en número y letra y la modalidad de entrega (única o periódica).

  3. 3

    Revisa las cláusulas fiscales

    Verifica la naturaleza de donación, la exención de ISR y la advertencia de forma según el monto para tu estado.

  4. 4

    Firma y guarda el comprobante

    Firma el contrato, realiza la transferencia bancaria y conserva ambos documentos juntos para acreditar el origen ante el SAT.

Preguntas frecuentes

¿La donación de dinero entre familiares paga ISR?

No, cuando es en línea recta entre ascendientes y descendientes (padres a hijos) está exenta de ISR sin límite de monto, conforme al artículo 93, fracción XXIII de la Ley del ISR. Aun así debes documentarla e informarla en tu declaración anual si el total del año excede $600,000.

¿Necesito ir al notario o basta un contrato privado?

Depende del monto. Conforme al Código Civil Federal, la donación de dinero mayor a cinco mil pesos debe constar en escritura pública; por debajo de ese umbral basta el escrito privado con firmas. Varios estados fijan umbrales distintos, así que para cantidades altas conviene elevarlo ante notario.

¿Este contrato me sirve para justificar mi dinero ante el SAT?

Sí, ese es su propósito: dar fecha cierta al origen del depósito y probar que es una donación exenta y no un ingreso acumulable. Acompáñalo siempre del comprobante de la transferencia bancaria para que ambos coincidan.

¿Puedo usarlo para una donación de un inmueble?

No. Este formato es para donación de dinero (numerario). La donación de bienes inmuebles exige escritura pública ante notario y avalúo, y queda fuera del alcance de esta plantilla.

¿Sirve para aportaciones periódicas o solo para una entrega única?

Sirve para ambas. El formato admite una donación única o aportaciones periódicas (por ejemplo, una mensualidad de un padre a un hijo), especificando la modalidad de entrega en la cláusula correspondiente.

Plantillas relacionadas

  • Carta Poder (Formato Word y PDF) — Simple y con Testigos

    Autoriza a alguien a hacer un trámite por ti, con dos testigos y validez civil.

  • Contrato de Compraventa de Bienes Muebles — Formato Word y PDF

    Compra o vende un bien mueble con precio, entrega y garantías bien definidos.

  • Contrato de Prestación de Servicios Profesionales (Freelance) — Word y PDF

    Cobra por honorarios con alcance, entregables y propiedad intelectual bien definidos.

Última revisión: 31 de mayo de 2026

Fundamento legal: CCF arts. 2332, 2340–2344, 2347–2348 · LISR arts. 90, 93-XXIII

Este formato es una herramienta de autogestión documental y no sustituye la asesoría de un abogado.

Pactmint

Contratos que empiezan bien escritos.

Producto

  • Cómo funciona
  • Formatos
  • Capacidades
  • Por qué Pactmint
  • Precios

Recursos

  • Plantillas de contratos
  • Guías legales
  • Documentación

Legal

  • Aviso de privacidad
  • Términos y condiciones

© Pactmint. Todos los derechos reservados.

Pactmint es una herramienta de autogestión documental, no un despacho ni asesoría jurídica.

Idioma: